Iniciativas promisorias para la industria cañamera
¿Qué dice el Proyecto de Ley sobre el Cáñamo Industrial en Argentina?

La Diputada Mara Brawer, del Frente de Todos, impulsa una Ley para el desarrollo productivo del cáñamo, cáñamo industrial y/u hortícola. La iniciativa cuenta no solo con el apoyo de su bloque, sino también con el visto bueno de la oposición. El proyecto ya se encuentra disponible para el debate en las Comisiones de Legislación General y de Agricultura y Ganadería.

14 de Noviembre, 2020
Por: Ingrid Sept Lasser

El proyecto de Ley para el desarrollo productivo del cáñamo, cáñamo industrial y/u hortícola, presentado por la diputada del Frente de Todos Mara Brawer, se encuentra atravesado por una visión de respeto al medio ambiente y una perspectiva socialmente inclusiva. La iniciativa fue pensada en conjunto con el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación y el Instituto Nacional de Semillas (INASE), junto con organizaciones civiles como Proyecto Cáñamo y la Cámara Argentina del Cannabis.

Mara Brawer marcó el origen de su interés por el tema cuando descubrió “las enormes posibilidades que tenía esta planta como variedad del cannabis que no tenía principio psicoactivo, que debería estar por fuera de la discusión penal”, según expresó en diálogo con Industria Cannabis.

En su articulado, el proyecto legislativo considera como cáñamo, cáñamo industrial y/u hortícola, a las semillas, plantas y partes (tallos, hojas, sumidades floridas, raíces) de la especie Cannabis sativa L., así como sus extractos y productos, que contengan hasta 1% de Tetrahidrocannabinol (THC). El tope del 1% sigue los lineamientos de regulaciones hechas en países como Suiza, Australia, Colombia, Uruguay y Ecuador, así como las recomendaciones realizadas por organizaciones del sector cañamero a nivel internacional.

A su vez, la iniciativa se ampara en lo redactado por la Convención Única de 1961 sobre Estupefacientes de la ONU, que exceptúa al cáñamo, cáñamo industrial y/u hortícola y a sus derivados de la aplicación de lo normado por la Ley 23.737, que prevé modificaciones en el Código Penal respecto al narcotráfico.

La autoridad de aplicación prevista por el proyecto legislativo es el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación; que incluye a sus entes descentralizados, como el INASE (Instituto Nacional de Semillas) y el SENASA (Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria), “por tener competencia específica en materia de políticas de control sanitario y fiscalización de semillas, cultivos y plantas”.

Al respecto, Brawer expresó que “en la charla con el Ministerio de Agricultura, llegamos a la conclusión que se debía presentar un proyecto de una Ley muy simple, porque todos los aspectos técnicos van a estar en la reglamentación y lo van a hacer ellos junto con sus órganos descentralizados, en función de los conocimientos técnicos y científicos que no es necesario que estén redactados en una Ley”.

Entre las funciones que dispone el proyecto, el mencionado Ministerio y sus entes deben intervenir en la autorización de importaciones de semillas de cáñamo, cáñamo industrial y/u hortícola certificadas, “así como habilitar la inscripción, el registro, la certificación y la fiscalización de semillas de origen nacional y extranjero”. Asimismo, se establece la responsabilidad del impulso a programas de “capacitación técnica, científica y profesional relativos al cultivo y a la industria”.

Otro orden de competencias de la autoridad de aplicación tiene que ver con el desarrollo de licencias para la producción “que asegure la participación en esta actividad productiva a pequeños/as productores/as, cooperativas de agricultura familiar, campesina e indígena”; así como el “control y fiscalización a fin de garantizar las buenas prácticas de producción agrícola, de sustentabilidad y respeto por el ambiente, así como el cumplimiento del límite máximo de contenido de THC”.

Respecto del rol de la agricultura familiar en este marco, la Diputada del Frente de Todos contextualizó la inclusión de este sector en las políticas públicas impulsadas por el Gobierno Nacional para lograr un respaldo muy fuerte a los pequeños productores.

En los fundamentos presentados en el proyecto de Ley, se ubica al cáñamo como “una excelente alternativa productiva para diversificar y dinamizar el sector agrícola, particularmente en un país tan altamente jerarquizado en la temática como el nuestro, considerando a los distintos sectores económicos; desde empresas de gran envergadura como también a los/as pequeño/as productores/as y a las cooperativas de agricultura familiar, campesina e indígena”.

Asimismo, se destacó allí que “por su huella de carbono negativa, su bajo impacto ambiental, su función remediadora de suelos contaminados y su capacidad de cultivarse mediante un sistema rotación con otras clases de cultivos, podemos advertir que el desarrollo del cáñamo es perfectamente aplicable al marco de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la agenda 2030, establecida en el ámbito de la Organización de las Naciones Unidas a la que nuestro país se encuentra adherido”.

En términos de estos beneficios que la industria cañamera puede traer al país en el contexto actual, Brawer remarcó que “Argentina, con las necesidades económicas que tiene, con la cantidad de tierras que tiene, con el clima que tiene, no se puede perder ninguna posibilidad de desarrollo productivo”. Según estimaciones de New Frontier Data, en Argentina existe un mercado potencial que, de arranque, podría movilizar 1110 millones de dólares. Cifras que son promisorias y que, acompañadas de un marco legal concreto, pueden crecer.

Editorial
Por Leandro Ayala - Fundador de Industria Cannabis. Presidente de la Confederación Cannabica Argentina y Emprendedor Cannábico.
opinion
De acuerdo con Clarke & Merlin (2013), es posible que las semillas de cáñamo se usaran como alimento en el Paleolítico, por los antiguos pueblos euroasiáticos durante el Holoceno, y en Japón para el año 10.000 A.C. El consumo del cáñamo como alimento por su elevado valor nutricional podría haber sido el primer uso del cáñamo conocido por el ser humano.
Hasta el año 2005 le correspondía exclusivamente a la justicia federal de cada una de las jurisdicciones provinciales en el país. A partir de allí, se dio la posibilidad a las provincias, que así lo deseen, de perseguir, juzgar y condenar algunos delitos contenidos en la ley 23.737. Esto genera que algunas provincias se desfederalicen y persigan delitos de consumo, narcomenudeo o microtráfico, entre otros.
La regulación del uso terapéutico del Cannabis en Brasil es un fenómeno reciente y bastante controvertido. Con respecto a América Latina, como Argentina, Uruguay, Colombia y México, no es exagerado llamarla, cuando menos, tímida.
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