Histórico
La Corte Suprema de Brasil despenalizó la tenencia de marihuana para consumo individual

Los ministros establecieron la cantidad de 40 gramos y hasta 6 plantas femeninas, que podrán figurar como tenencia para uso personal sin posibilidad de encarcelamiento. Pero los usuarios pueden todavía ser llevados a las comisarías y la tenencia se convirtió en una infracción administrativa.

25 de Junio, 2024
Por: Gabriel de Lucia Murga

La votación qué se realizó el último martes, 25 de junio, determinó que la posesión de marihuana para uso personal en Brasil debe ser una infracción administrativa, no más una infracción penal, por lo que despenalizó la tenencia de cannabis para uso personal, cerrando un debate que arrancó en la Corte Suprema en el año 2015. Con esta decisión, Brasil ahora es el país más grande del mundo en población en despenalizar el cannabis en nível federal.

La Corte Suprema del país ratificó ayer, 26 de junio, qué habrá la presunción de tenencia para uso personal de la posesión de hasta 40 gramos de cannabis y hasta 6 plantas femeninas. La decisión agrega que los usuarios podrán ser sujetos a medidas administrativas: como advertencias sobre los efectos de la marihuana y la obligación de acudir a un programa o curso en la materia. En contraste, no tendrá antecedentes penales. La ley anterior ya no preveía penas de prisión, pero mantenía la criminalización principalmente de las personas negras y qué viven en zonas más pobres.

La Corte estableció que la Policía podrá detener a una persona con 40 gramos de marihuana o incluso menos si observa elementos que la hagan sospechar que es un traficante; por ejemplo, que tenga envases, variedad de sustancias, una balanza para pesar o registros comerciales. De acuerdo con la resolución, la Policía deberá “justificar exhaustivamente” sus motivos para descartar la presunción de que una persona tenga marihuana solo para su consumo. En otro escenario, alguien que sea encontrado con más de 40 gramos de cannabis podría evitar ser sancionado por la vía penal si aporta pruebas de que únicamente es consumidor. La Corte Suprema subrayó que desalienta el consumo de drogas y que su decisión no implica una legalización, sino un ajuste de criterios que busca mejorar el combate al narcotráfico y la atención de las personas con adicciones.

¿Activismo legislativo prohibicionista en el Congreso Nacional de Brasil?

En un claro intento de avanzar contra el Supremo Tribunal Federal, el Senado aprobó el 16 de abril la propuesta de modificación de la Constitución que tipifica como delito la tenencia y tenencia de cualquier cantidad de drogas en el país. El texto surgió del presidente de la Cámara, Rodrigo Pacheco y la propuesta incluye un nuevo párrafo al artículo 5 de la Constitución, determinando que se considerará delito la tenencia de estupefacientes y sustancias similares, “cualquiera que sea la cantidad, de estupefacientes y drogas similares sin autorización o en desacuerdo con determinación legal o reglamentaria”.

El artículo también establece que debe haber una “distinción entre el traficante de drogas y el consumidor, con penas alternativas a la prisión y al tratamiento de adicciones aplicables a este último”. Por su parte, el presidente de la Cámara de los Diputados, Arthur Lira, garantizó que el proyecto de enmienda seguirá su curso sin "acelerarse, ni retrasarse".

Editorial
Por Leandro Ayala - Fundador de Industria Cannabis. Presidente de la Confederación Cannabica Argentina y Emprendedor Cannábico.
opinion
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