Hoy, 25 de agosto de 2021 se cumplen 12 años de esta decisión de la Corte Suprema de Justicia. Por unanimidad, los jueces habían declarado la inconstitucionalidad de la criminalización de las personas que consumen marihuana. Qué vigencia mantiene ese fallo y qué discusiones restan dar.
El fallo
El 25 de agosto de 2009, de forma unánime, los miembros de la Corte Suprema de Justicia establecieron que es inconstitucional penar a una persona por la tenencia de marihuana para consumo individual y privado. Los supremos declararon inconstitucional el segundo párrafo del artículo 14 de la Ley de Estupefacientes N° 23.737, popularmente conocida como “ley de drogas”, que castiga la tenencia para consumo personal con penas de prisión que van desde un mes a dos años. El principal argumento de los jueces fue que el consumo de marihuana en la intimidad es libertad individual de cada persona, sin que el Estado pueda intervenir en ese ámbito, según establece el artículo 19 de la Constitución Nacional. Sepa en detalles en nuestro informe: